Se reforman y adicionan las disposiciones del Reglamento de los Sistemas de Ahorro para el retiro

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En fecha 25 de febrero de 2020 la Secretaria de Hacienda y Crédito Público dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Mediante este decreto se REFORMA el artículo 127, primer párrafo en donde se extiende la duración de las visitas de inspección realizadas por la Comisión la cuales ahora tendrán una duración máxima de 12 meses; y se ADICIONAN los artículos 138 BIS; 139, con un tercer párrafo; 140 BIS, mediante el cual se establece el procedimiento a seguir cuando se solicite fuera de una inspección, informes, datos o documentos o solicite la presentación de la contabilidad o parte de ella; 141 BIS y 156 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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